Cercar en aquest blog

Compte enrere

25 de febr. 2019

"JUZGAN A LA DEMOCRACIA, ME JUZGAN A MI"

Documento que me pasaron hace unos días en una reunión en la Barceloneta de lesionados el 1-O po la policia española.
Clica aquí si cal, per llegir-lo

JUZGAN A LA DEMOCRACIA, ME JUZGAN A MI

Hoy se esté juzgando no solo al independentismo, hoy, se juzga la democracia, hoy se nos juzga a todos los catalanes. 

Más allá de que se busque eliminar la disidencia política por medio del aparato judicial, en una clara intervención impropia de la política en la judicatura y de la judicatura en el hacer político, lo que se busca es establecer un precedente de castigo suficientemente severo, como para desmotivar a generaciones futuras de catalanes, en un intento de evitar reivindicaciones futuras de independencia.

Hoy tanto el poder político, como el judicial y el policial, se comportan como ya lo hicieron en tiempos pasados los gobiernos del estado español desde Felipe V hasta el gobierno ilegitimo de Franco. 

La intención, siempre fue y es la de someter por la fuerza a Catalunya.

Hoy este sometimiento se fuerza por medio de la invención de relatos absolutamente falsos basados en una violencia que nunca ha existido en el movimiento independentista de nuestros país. 

Es afirmación la hacemos con la firmeza, la determinación y veracidad que nos otorga el hecho de haber sido agredidos por la Policía Nacional y por la Guardia Civil. 

Somos testigos privilegiados de que la única violencia que hubo tanto el 20-S como 1-O fue la ejercida por el estado español.

En tanto que testigos de excepción, todos los firmantes, nos conjuramos para aportar nuestro testimonio con el fin de desmontar el relato mentiroso de que en Catalunya se ejerció la violencia.

Pero también nos comprometemos a denunciar que lo que pretende la judicatura es legitimar el recorte de derechos fundamentales que se ha venido gestando desde el recorte del Estatut del 2006, pasando por la Ley Mordaza, y cuyas expresiones más evidentes son las condenas de los jóvenes de Altsasua y la causa general contra el independentismo catalán. 

Las sentencias, que entendemos que ya están escritas, consolidaran el retroceso democrático del estado español generando jurisprudencia que otorgue veracidad "legal" al recorte de derechos fundamentales.

Lo que de verdad oculta el juicio contra el independentismo.

Las sentencias ya están escritas. 

Esta no es una afirmación baladí, no es una afirmación resultante del reconocimiento del odio que los ajenos tienen respecto de lo catalán y del independentismo,es una afirmación que nace del análisis de los acontecimientos de las ultima décadas, acontecimientos que se han venido produciendo tanto en el estado español respecto de si mismo y de Catalunya en particular.

Si pensamos que en las décadas pasadas, en vez de producirse el despliegue de competencias hacia lascomunidades, que en su día se dibujó como un remedo de estado federal, lo que en realidad se ha producido es un retroceso competencial y actos de recentralización, si este hecho lo acompañamos con el recorte de libertades, expresadas contundentemente en la Ley Mordaza, si vemos el sesgo franquista de procesos y de sentencias, que se han apoyado en supuestos actos terroristas, (a pesar de que el terrorismo hace algunos arios que ha dejado de existir), veremos el dibujo de una ruta bien definida.

Si listamos todos estos hechos y los enlazamos con la actuación contra los independentistas, veremos que existe un hilo conductor, sin solución de continuidad, cuyo objetivo es redirigir el estado de las autonomías, eliminando derechos colectivos e individuales.

Las raices franquistas del estado siempre estuvieron ahí, esto es, nunca se hizo la transición democrática en el aparato del estado y por extensión en el conjunto de la sociedad, salvando pocos y determinados ejemplos,casi siempre ligados a las "nacionalidades" históricas.

Así pues, el franquismo de estado llegado a este punto, lo que necesita es legitima, darle apariencia de legalidad a todas sus actuaciones. 

Esta legitimación, han decidido que sea a base de generar jurisprudencia que valide el retorcimiento de la legalidad vigente, al tiempo que se usa para eliminar y enviar un mensaje de represión, tanto a las generaciones actuales como a las que están por llegar en Catalunya. 

Es por esto que no solo las sentencias ya están escritas, las sentencias ya se están aplicando.



El 1-O, de la agresión a la desprotección juídica

El pasado 1-O centenares de ciudadanos que quisimos votar, fuimos agredidos salvajemente por la Guardia Civil y la Policía Nacional. Este hecho sin precedentes en ningún pais democrático, es de por si un acto ignominioso que necesita reparación frente a todos los que sufrimos las lesiones físicas, morales, políticas y que sufrimos ansiedad de la que muchos aun no se han recuperado. 

A todas luces la Guardia Civil y la Policia Nacional actuaron con la desproporción que es propia de cuerpos de seguridad de países no democráticos, se saltaron todos los protocolos, actuaron violentamente y contrariamente a la interlocutoria de M.A., jueza del TSJC, que indicaba la necesidad de no alterar la convivencia pacífica entre los votantes. Es evidente que estos cuerpos de seguridad del estado español vulneraron entre otras, el art. 5.2.b. De la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, donde se les exige un trato correcto y esmerado para con la ciudadanía. Es por todo ello que se hace necesario defendernos de las agresiones por la vía de la denuncia frente a los tribunales, ese es el impulso inicial de cualquier asociación de ciudadanos agredidos el 1-0.

No obstante, ello PUSO en evidencia que la afectación va mucho más allá de los hechos puntuales del día de la votación.

El 1-O supuso que el estado actuara sin complejos, máscaras o subterfugios en el recorte sistemático de los derechos fundamentales de los ciudadanos, recortes que venían pergeñándose desde que los diferentes gobiernos estatales apostaron por la recentralización de las competencias de las autonomías, la involución de los derechos fundamentales, especialmente los referidos a la libertad de expresión y manifestación y que tuvieron su máxima expresión en la Ley "Mordaza" (Ley orgánica 4/2015).

Esta política involucionista, se ha visto avalada por el hecho que nunca se hizo la transición democrátíca en el aparato del estado, incluyendo fuerzas militares, policía, judicatura y que en la práctica ha supuesto un verdadero entramado involucionista que han actuado al unísono y coordinadamente.

Previamente ya se habla producido, como hecho muy relevante, la ruptura del pacto constitucional, al laminar, modificar el Estatut que masivamente votó el pueblo catalán, e imponer por parte del estado, en el 2010, un Estatut que no habíamos votado. Esta ruptura del pacto constitucional nos tendría que haber alertado de la pérdida de calidad democrática y de lo que se nos venía encima.

Si previamente al 1-0 ya se habían producido agresiones políticas de gran calado, después del 1-0 estas agresiones han tenido su xima expresión.

La actuación que se tuvo no fue censurada, por lo menos públicamente, por ninguna fuerza supuestamente de izquierdas del estado español como tampoco por ningún gobierno u organismo de la UE.

Es este mutismo e inacción de organismos europeos es el que ha facilitado que la agresión a la ciudadanía se tradujera en el encarcelamiento de líderes catalanes por delitos inexistentes y por realizar unas votaciones que no existen como delito en el CP. Ha facilitado igualmente la tergiversación de la legislación, el cambio de criterio jurisprudencial, y la invención de supuestos delictivos por parte de la Guardia Civil. Quebrando de este modo la seguridad jurídica y de protección de los ciudadanos.

Hoy se acusa de rebelión o de sedición a raperos, manifestantes, disidentes políticos, titiriteros, payasos, o a cualquiera que se oponga o enfrente a los poderes establecidos, como es el caso también de los chicos de Altsasua. 

Así pues, el 1-0 fuimos apaleados, vejados y desposeídos de nuestros derechos fundamentales básicos individualmente y colectivamente con la aplicación del 155, que además supuso un quebranto más del ya roto pacto constitucional. 

Es evidente que la aplicación del 155 fue manifiestamente contraria a la propia constitución que dicen defender. 

Con los presos políticos se han vulnerado los derechos de defensa. De representación, se ha vulnerado la presunción de inocencia, en definitiva, se han vulnerado un buen número de derechos fundamentales. Aspecto este que se evidenciará en el transcurso de los juicios y en todo caso en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Lo que no está siendo tan evidente es la vulneración de los derechos de los afectados por las agresiones del 1-0 y por extensión del resto de la ciudadanía catalana.

Parece sensato pensar que la resolución favorable de las acusaciones contra los líderes catalanes y la actuación de las organizaciones políticas soberanistas, así como las organizaciones de masas, ANC, OMNIUM CULTURAL, vendrían a corregir las graves deficiencias democráticas, y quizás así sea, pero lo cierto es que hasta esta fecha no existe ninguna organización ciudadana, más allá de los colectivos de Juristas que defienden los Derechos Humanos que de forma altruista se han dedicado a la defensa de los agredidos, que asuma el reto de encabezar la respuesta de los ciudadanos frente a las agresiones, tanto físicas, como las secuelas psicológicas.

La existencia de una asociación con entidad jurídica propia que represente los legítimos intereses que se conculcaron el 1-0 y sus secuelas posteriores nos permitirá poder actuar de forma efectiva. 

Parece evidente que desde la individualidad es muy difícil de poder mantener en el tiempo las acusaciones, procedimientos, reclamaciones diversas, acciones jurídicas y políticas que son necesarias para la debida reparación de la que somos acreedores.

Desde la asociación de ciudadanos, se debería actuar en dos ámbitos paralelos y complementarios:
* jurídico
* político

En el ámbito jurídico, en un triple sentido:
  • a) La acusación y defensa de los afectados por las agresiones físicas, daños morales y secuelas psicológicas
  • b) La acusación, también, a los mandos que impartieron órdenes para actuar de forma irregular y/o delictiva
  • c) La denuncia jurídica frente a la vulneración de los derechos fundamentales de los ciudadanos en general y en particular de los directamente agredidos.
En el ámbito político la denuncia permanente de las transgresiones de los derechos, en todos los ámbitos territoriales, incluido el ámbito europeo. La explicación de las agresiones sufridas y la prestación de nuestro testimonio personal en los foros, que sean necesarios, incluidos los juicios contra los líderes políticos independentistas.


Vale la pena enumerar, aunque sea sucintamente. Algunos aspectos relativos a la vulneración de derechos fundamentales.

Debemos tener claro que el estado español ha suscrito la casi totalidad de los tratados internacionales y que esto significa que el contenido de todos ellos debe formar parte del ordenamiento interno y que éstos gozan de resistencia frente a la Ley ordinaria (CE). Dicho de otro modo, deben formar parte del ordenamiento jurídico y son de obligado cumplimiento.

Cabe destacar entre otros:
Recordemos que los Derechos Fundamentales son los Derechos Humanos positivizados en un ordenamiento Jurídico concreto de un estado.

Los derechos fundamentales no los crea el poder político y el estado está obligado a respetarlos. España firmó el Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en 1977.

Así pues, tanto el 1-0 como la reacción política y penal del gobierno español posterior, ha vulnerado los derechos Fundamentales y Libertades Públicas. 

Con una aplicación del 155 que ha ido mucho más allá del tenor literal de la CE, la vulneración 'de gran parte de los derechos Fundamentales ha puesto en la picota el poco carcter democrático que alguna vez pudo tener el estado español. 

Resulta extremadamente significativo, que el TC fuera el que, adoptando medidas cautelares, impidiera de facto la investidura de Jordi Sánchez o de Carles Puigdemont, y eso sin que nadie las solicitara y antes de decidir si admitía a trámite el recurso del Gobierno Rajoy. 


La jurisprudencia del Tribunal de Derechos Humanos establece que "El papel de los órganos judiciales no puede en ningún caso modificar la expresión del pueblo", cosa que es evidente ha sucedido desde el momento que tanto el TS, AN y el TC han venido impidiendo la proclamación de los candidatos elegidos por sufragio ciudadano.

Es especialmente preocupante, desde la perspectiva del ciudadano que la Ley deje de ser cierta, segura, es decir que los ciudadanos tengan la seguridad de que tiene un grado de permanencia y cognoscibilidad suficientes como para poder hacer previsiones de acción respecto de ella y que las acciones efectuadas no se vean alteradas por haberse modificado aquella en un periodo de tiempo estimablemente breve. Este es uno de los elementos esenciales en un sistema de justicia que contemple los derechos fundamentales de los individuos.

Es especialmente preocupante el hecho de que el TC se base en resoluciones propias como fundamento legal para la persecución jurídica de los ciudadanos que quieren ejercer en política a pesar de que los supuestos delictivos no consten en el Código Penal. Es claro que el TC adopta un papel político y legislativo, absolutamente impropio, con la finalidad de mantener la Unidad de la patria. Esto es la más clara expresión de la violación de la separación de poderes, (base de toda democracia), es la evidente violación de los derechos fundamentales y de la indefensión de los ciudadanos frente a la justicia, por la volatilidad de criterios jurisprudenciales. 

El Principio de Legalidad Penal, está quebrado si partimos del hecho de que convocar consultas populares no amparadas legalmente no tiene relevancia penal (Ley orgánica 2/2005). La ausencia del principio de Legalidad Penal, es la gue ha permitido encajar un relato ficticio y los hechos acontecidos en los delitçs de Rebelión y Sedición.

Con el quiebro del principio de Legalidad se pierde la necesaria imparcialidad jurídica, que constituye un elemento esencial del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.2 CE). Es esta imparcialidad jurídica la que permite que los procesados sean juzgados por personas que ya se habían posicionado previamente en la demanda de admisión de las querellas. Dice el art. 6.1 del CEDH, "Un juez no puede conocer de un asunto con una posición tomada previamente", si tenemos en cuenta que además los contactos de la alta judicatura con los miembros del gobierno Rajoy, fueron habituales, la imparcialidad jurídica queda destruida.

Todo lo anterior, aunque parece referido al proceso general contra el independentismo, parece y lo es, también afecta al conjunto de ciudadanos porque supone en la práctica la pérdida de derechos fundamentales:

* la pérdida del derecho a un proceso justo,
* la pérdida a la seguridad jurídica,
* la pérdida a la tutela judicial efectiva.
* la pérdida del derecho de reunión, manifestación, y represión,
* la pérdida del derecho a la participación política,
* la pérdida del derecho a elegir y ser elegidos

Como podemos ver, el 1-0 no solo fuimos agredidos físicamente, moralmente, psicológicamente, el 1-0 también significó la agresión política nuestros derechos fundamentales como individuos. 

Si queremos ser ciudadanos libres, con derechos y vivir en democracia, debemos asumir que es la hora de incorporarnos a a inmensa tarea de parlar la deriva involucionista. 

Este es el momento de los ciudadanos, este es el momento para incorporarnos en la defensa de nuestros derechos fundamentales.


Cap comentari:

Publica un comentari a l'entrada