Cercar en aquest blog

Compte enrere

12 de jul. 2018

TEXT: Llarena deixa de reclamar a Hacienda la documentació demanada (9/7/2018) ESP

https://www.elnacional.cat/es/politica/llarena-malversacion-pruebas_287217_102.html 

https://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=2&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwivuM2wz57cAhWHzYUKHUUeCeQQFggzMAE&url=http%3A%2F%2Fwww.poderjudicial.es%2Fstfls%2FTRIBUNAL%2520SUPREMO%2FDOCUMENTOS%2520DE%2520INTER%25C3%2589S%2FAuto%2520informe%2520Hacienda.pdf&usg=AOvVaw1VtrWhjV-fECLZn3Ii1g9p

http://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL_SUPREMO/DOCUMENTOS_DE_INTERÉS/Auto_informe_Hacienda.pdf

CAUSA ESPECIAL/20907/2017                               CAUSA ESPECIAL núm.: 20907/2017
Instructor: Excmo. Sr. D. Pablo Llarena Conde
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Excmo. Sr. Magistrado Instructor D. Pablo Llarena Conde
En Madrid, a 9 de julio de 2018


ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.

-Por providencia de 14 de junio de 2018 se acordó: "(...) recábese del Ministerio de Hacienda informe de análisis técnico-contable de la documentación recibida de la Generalitat de Cataluña a partir de los cuatro requerimientos efectuados por dicho Ministerio a la Sra. Interventora General de la Generalitat.

-Asimismo se interesa, que por los mismos técnicos del Ministerio de Hacienda competentes para realizar el anterior informe se analice también con criterios técnico contables la evolución de la intervención de las cuentas de la Generalitat a lo largo de los años 2017-2017".

Recordada al Ministerio de Hacienda con fecha 5 de julio de 2018, la urgencia para disponer del referido informe y fijado como plazo límite el 10 de julio de 2018, el citado Ministerio remite escrito de 6 de julio de 2018 con el siguiente contenido: " (...) En este sentido, el Sr. Interventor General de la Administración del Estado nos traslada el ruego a ese Tribunal, si lo tiene a bien, de ampliar el plazo a un mes, puesto que la elaboración del informe requerirá de este tiempo para atender adecuadamente la solicitud de dicho Tribunal.".

FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.

-En fecha 14 de junio de 2018 se dictó providencia en la que, a solicitud del Ministerio Fiscal, se acordó: a) Que por el Ministerio de Hacienda se elaborara un informe de análisis técnico-contable respecto de la documentación entregada por la Generalidad de Cataluña con ocasión de los cuatro requerimientos efectuados por ese Ministerio a la interventora General de la Generalidad y b) Que se analizara igualmente, con criterios técnico-contables, la evolución de la intervención de las cuentas de la Generalidad a lo largo de los años 2017-2018. 

Por resolución de fecha 5 de julio de 2018, se recordó la urgencia del cumplimiento de lo acordado, fijándose como plazo máximo para la recepción del informe el próximo martes de 10 julio. Tras requerirse al Ministerio de Hacienda para la remisión del informe en el término establecido, se ha recibido escrito de la Secretaría de Estado de Hacienda en el que se indica que, para atender adecuadamente la solicitud del instructor, sería necesario contar con una ampliación del plazo de un mes y, consecuentemente, demoraría la instrucción al menos hasta el próximo mes de septiembre.

Desde esta circunstancia, debe destacarse que ni la valoración general de la intervención de las cuentas de la Generalidad de Cataluña en estos dos últimos años, ni el análisis técnico-contable referido a la documentación remitida por la Generalidad de Cataluña a partir de los cuatro requerimientos efectuados en su día por el Ministerio de Hacienda, son elementos que modifiquen el contenido de la instrucción, dado que los elementos incriminatorios que han conducido al procesamiento de algunos de los encausados como presuntos responsables de un delito de malversación surgen: del contenido de la investigación policial; de la documentación que se acompañó, en los términos que fueron valorados en el auto de fecha 9 de mayo de 2018; de los testimonios que, a petición de las defensas, se recabaron en fecha 26 de junio de 2018; además de la evaluación de las propias conclusiones remitidas en su día a este instructor por el Ministerio de Hacienda y que llevaron a ese Ministerio a denunciar determinadas irregularidades ante la Fiscalía General del Estado y ante el Tribunal de Cuentas.

Por ello, puesto que el informe peticionado, por más que pueda facilitar el posicionamiento de las partes en un eventual enjuiciamiento, no es fuente de prueba que condicione globalmente el contenido y resultado de la instrucción, y dado que la privación de libertad de varios de los procesados introduce su legítimo derecho e interés a la tramitación del proceso con especial celeridad, sin que resulte admisible una demora innecesaria para esta fase del proceso, cuando viene exclusivamente motivada por la adelantada petición del informe cursada por la acusación pública y por la dificultad que expresan los propios servicios del Estado de cumplir el requerimiento en términos que no resientan el derecho de los encausados a un proceso sin dilaciones indebidas, procede dejar sin efecto la diligencia acordada, sin perjuicio de la facultad del ministerio público de interesar dicho criterio técnico para el acto del plenario, si a ello hubiera lugar y se tuviera por conveniente.

PARTE DISPOSITIVA

EL INSTRUCTOR ACUERDA:

Dejar sin efecto la solicitud efectuada al Ministerio de Hacienda por providencia de 14 de junio de 2018, de que se elaborara informe de análisis técnico-contable respecto de la documentación entregada por la Generalidad de Cataluña con ocasión de los cuatro requerimientos efectuados por ese Ministerio a la interventora General de la Generalidad, así como análisis, con criterios técnico-contables, de la evolución de la intervención de las cuentas de la Generalidad a lo largo de los años 2017-2018, sin perjuicio de la facultad del ministerio público de interesar dicho criterio técnico para el acto del plenario.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firmo.


Cap comentari:

Publica un comentari a l'entrada