19 de febr. 2019

International Trial Watch (18 FEB 2019)

Comunicado de prensa emitido el 18 de febrero de 2019.

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18.02.2019
Valoraciones del Juicio 1-0 (Semana 1) 

International Trial Watch ha estado presente en las sesiones del juicio de la primera semana (días 12, 13 y 14 de febrero) con 6 observadores/as: 

· William Mozdzierz, miembro de la American Bar Association, fundada el 1878, con
410.000 miembros y más de 3.500 entidades y sede en Chicago (Estados Unidos). 

. Dominique Nogueres, abogada y presidenta de la Liga Francesa de DDHH y miembro
de Euro-Mediterranean Human Rights, con sede en Copenhague (Dinamarca), que
engloba a màs de 80 organizaciones estatales de derechos humanos de màs de 30 países. 

. Alexandre Faro, abogado y miembro de la Federación Internacional de Derechos
Humanos, fundada en 1922 y con sede en Paris (Francia), que agrupa a 184
organizaciones estatales de derechos humanos de màs de 112 paises, y Euro-
MediterTanean Human Rights. 

. Frédéric Ureel, abogado colegiado en el Colegio de Chareroi y miembro de Abogados
Europeos Demócratas, AED defiende los derechos de los ciudadanos a través la
defensa de la independencia de los abogados con respecto a cualquier poder ya sea
político, social, emnómico o del orden. 

· Fabio Marcelli, jurista internacional de la European Association Lawyers for Democracy
& World Human Rights, presente en 18 paises europeos.

· Javier Pérez Royo, Caledràtico de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla.

Valoraciones:  

El Tribunal Supremo no ha reservado espacio en la sala para los observadores/as, lo cual ha conllevado colas de horas en la puerta del Tribunal Supremo para poder acceder a la Sala. El dia 12 de febrero simpatizantes de Vox organizaron la cola y repartieron nümeros de entrada. Los dias 13 y 14 Io hizo la policia, con previa entrega del DNI. Aproximadamente, entran como Público hasta 40 personas. Sin embargo, en la sala han quedado sin ocupar unos 10 asientos, y en las sesiones de tarde algunos màs. Se reiterará al Tribunal Supremo la necesidad de reservar lugares en la sala para  los observadores/as. 

Elementos de atención sobre el desarrollo de las sesiones que desde la plataforma valoramos positivamente: 

1) EI tiempo de 45 minutos que el Tribunal ha dado a las defensas para hacer los respectivos alegados. 

2) Que el Tribunal permita que los acusados puedan sentarse con las respectivas defensas. 

3) Que el Tribunal no atribuya ninguna consecuencia jurídica al hecho de que los encausados se nieguen a contestar las preguntas de una o de varias acusaciones. 

4) Que el Tribunal no haya internumpido en los interogatorios a ninguno de los declarantes, respetando el tiempo que cada uno ha querido dar a las respuestas.

En cambio advertimos que: 

Las acusaciones no tienen en cuenta que las actuaciones de los acusados pueden estar amparadas por derechos fundamentales. Si asi fuera, no seria posible al mismo tiempo que los acusados hubieran cometido delito. Las acusaciones, pues, están invirtiendo el orden interpretativo constitucionalmente exigible cuando hay derechos fundamentales en juego, como es el caso. 

EI Ministerio Fiscal y la Abogacla del Estado introducen hechos nuevos en sus preguntas, como puso de manifiesto uno de los declarantes. 

EI Ministerio Fiscal atribuye a los encausados la violencia generada el 1-0 por la Policía Nacional y la Guardia Civil, minimizando también la gravedad de las lesiones sufridas por la ciudadanía. 

El Tribunal no quiso suspender el juicio, tal y como solicitaron algunas defensas, para
incorporar documentación de la que no disponen las partes y sí la acusación. Habrà
que examinar hasta qué punto esta anomalia procesal, que en principio podría romper la igualdad de armas, se transforma a Io largo del procedimiento en causa de indefensión material y, por tanto, en vulneración del art. 24 CE. 

Si se ha producido una vulneración del derecho al juez predeterminado por la ley (art.
24.2 CE), como alegan buena parte de las defensas, también se vulnerarà el derecho a
la segunda instancia de los encausados no aforados. 

No se han aceptado las defensas pruebas que, segun ellas, son primordiales. Habrà  constatar a Io largo del proceso si la denegación de estas pruebas causa indefensión material a las partes y, por tanto, vulneración del derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes (art, 24.2 CE). 

Observadores/as de la presenta semana: 

· John Philpot, pionero en Derecho Penal Internacional. Actuó en la Corte Penal
Internacional en La Haya, en Kenia y en el Tribunal Penal Internacional para Ruanda. 

Paul Newman, tiene un Doctorado en Filosofia sobre la situación de los desplazamientos internos y los derechos humanos en el norte de Sri Lanka de la Universidad de Bangalore. Fue uno de los cuatro oradores Públicos en el Tribunal Popular Permanente sobre Crímenes de Guerra contra Sri Lanka. 

Bill Bowring, profesor en la Universidad de Birkbeck, miembro de European Association
Lawyers for Democracy & World Human Rights y Miembro del Comité Ejecutivo del Comité de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Inglaterra y Gales. 

· Joaquin Urías, Profesor titular de Derecho Constitucional y Exletrado del Tribunal
Constitucional. 

Contacto: 

Anais Franquesa -portavoz Madrid-626042486 

Mercè Barceló -portavoz Barcelona-666336732 

Serlinda Vigara -responsable comunicación-628914789

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